Tres reformas importantes se han
realizado en este verano del 2015, modificaciones que van a cambiar de alguna
manera nuestra vida cotidiana. Si me preguntan, si para bien o para mal,
decidan Ustedes después de leer este post.
La reforma de la Ley Orgánica de Seguridad Ciudadana, puntos a
destacar:
- se regulan los registros corporales
externos
- se regulan las medidas de control
administrativo que el Estado puede ejercer sobre las actividades relacionadas
con armas, explosivos....
- se establecen obligaciones de
registro documental para actividades relevantes para la seguridad ciudadana
- exime de responsabilidad a los
menores 14 años
- creación de un Registro Central de
infracciones para sancionar a quienes de forma voluntaria y reiterada hagan
conductas de reproche jurídico
- se regulan las medidas que deberán
adoptar las autoridades para proteger la celebración de reuniones y manifestaciones para restablecer la normalidad de su desarrollo en casos de
alteración ciudadana
- regula la documentación e identificación
de las personas, control de armas...
- tipos de faltas:
: muy graves ( 30.001€ y 600.000€ ) ej: manifestaciones no comunicadas o
prohibidas ante infraestructuras críticas
: graves ( 601€ y 30.000€ ) ej: perturbar la seguridad ciudadana en
actos públicos
: leves ( 100€ y 600€ ) ej: las faltas de respeto a miembros y cuerpos
de seguridad en el ejercicio de sus
funciones de protección de la Seguridad
Con esta ley las faltas leves que
instruía un juez se convierten en infracciones administrativas (multas que
ponen las fuerzas de seguridad). Si el multado quiere recurrir es después de
recibir la infracción. Quien
decide en primera instancia si es infracción
administrativa es la policía. Ante un juez se puede debatir y
puedes defender
tus argumentos de si la conducta es o no amparada por la ley, pero ante un
policía no ya
que puede darse un caso de desobediencia.
Esta ley elimina el poder del juez y
se lo otorga al cuerpo de policía.
La reforma de Código Penal, tiene como puntos destacables:
- prisión permanente revisable para
los delitos de extrema gravedad, ejemplo: asesinatos graves,
genocidios...
- se introducen nuevas figuras
delictivas como el matrimonio forzado o la divulgación de imágenes o
grabaciones y se adecuan los tipos
penales existentes
- eliminan infracciones por
considerarse de escasa gravedad, pasan a ser sanciones administrativas o
civiles
- se elevan las penas de
inhabilitación para delitos de corrupción
- revisión de la regulación de la
suspensión de la ejecución de la pena, cuya finalidad es la flexibilidad y
facilitar la tramitación más rápida de esta fase inicial de la ejecución de las
penas de prisión
- regulación de decomiso: con el
objeto de facilitar instrumentos legales que sean más eficaces en la
recuperación de activos procedentes del delito
- edad de consentimiento sexual a los
16 años
- se suprime la falta de hurto y se
introduce un supuesto agravado aplicable a la delincuencia habitual
- supuestos de menor gravedad que
eran faltas, se regulan como delitos leves
Modificación del Registro Civil, con dos novedades
importantes:
- la dirección de hospitales,
clínicas y establecimientos sanitarios comunicará a la Oficina del Registro Civil
competente y al Instituto Nacional de Estadística cada uno de los fallecimientos
que hayan tenido lugar en su centro sanitario
- la dirección de hospitales o
centros sanitarios comunicará en un plazo de 72 horas a la Oficina del Registro Civil
que corresponda cada uno de los nacimientos que hayan tenido lugar en el centro
sanitario, excepto
aquellos casos que exijan personarse ante el Encargado del
Registro Civil. El personal sanitario que asista al nacimiento deberá adoptar
las cautelas necesarias para asegurar la identificación del recién nacido y las
comprobaciones necesarias de la relación de filiación materna.
He detallado todos los puntos
destacables de las modificaciones que ha
habido en tres leyes importantes.
Con todo lo expuesto ya puedes conocer en qué
pueden afectar a nuestra sociedad y a su vida en particular.
En este post, se han expuesto los
puntos más característicos de los cambios que ha habido en las leyes
nombradas,
dependiendo de tus convicciones sociales y políticas tendrás una opinión u otra
de los citados
cambios, todos igualmente respetables.
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