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Reforma de las leyes de seguridad ciudadana, del código penal y del registro civil

Tres reformas importantes se han realizado en este verano del 2015, modificaciones que van a cambiar de alguna manera nuestra vida cotidiana. Si me preguntan, si para bien o para mal, decidan Ustedes después de   leer este post.

La reforma de la Ley Orgánica de Seguridad Ciudadana, puntos a destacar:
- se regulan los registros corporales externos
- se regulan las medidas de control administrativo que el Estado puede ejercer sobre las actividades relacionadas con armas, explosivos....
- se establecen obligaciones de registro documental para actividades relevantes para la seguridad ciudadana
- exime de responsabilidad a los menores 14 años
- creación de un Registro Central de infracciones para sancionar a quienes de forma voluntaria y reiterada hagan conductas de reproche jurídico
- se regulan las medidas que deberán adoptar las autoridades para proteger la celebración de reuniones y   manifestaciones para restablecer la normalidad de su desarrollo en casos de alteración ciudadana
- regula la documentación e identificación de las personas, control de armas...
- tipos de faltas:
  : muy graves ( 30.001€ y 600.000€ ) ej: manifestaciones no comunicadas o prohibidas ante infraestructuras críticas
  : graves ( 601€ y 30.000€ ) ej: perturbar la seguridad ciudadana en actos públicos
  : leves ( 100€ y 600€ ) ej: las faltas de respeto a miembros y cuerpos de seguridad en el ejercicio de sus 
funciones de protección de la Seguridad
Con esta ley las faltas leves que instruía un juez se convierten en infracciones administrativas (multas que 
ponen las fuerzas de seguridad). Si el multado quiere recurrir es después de recibir la infracción. Quien 
decide en primera instancia si es infracción administrativa es la policía. Ante un juez se puede debatir y 
puedes defender tus argumentos de si la conducta es o no amparada por la ley, pero ante un policía no ya 
que puede darse un caso de desobediencia.
Esta ley elimina el poder del juez y se lo otorga al cuerpo de policía.
La reforma de Código Penal, tiene como puntos destacables:
- prisión permanente revisable para los delitos de extrema gravedad, ejemplo: asesinatos graves,
 genocidios...
- se introducen nuevas figuras delictivas como el matrimonio forzado o la divulgación de imágenes o 
grabaciones  y se adecuan los tipos penales existentes
- eliminan infracciones por considerarse de escasa gravedad, pasan a ser sanciones administrativas o civiles
- se elevan las penas de inhabilitación para delitos de corrupción
- revisión de la regulación de la suspensión de la ejecución de la pena, cuya finalidad es la flexibilidad y 
facilitar la tramitación más rápida de esta fase inicial de la ejecución de las penas de prisión
- regulación de decomiso: con el objeto de facilitar instrumentos legales que sean más eficaces en la recuperación de activos procedentes del delito
- edad de consentimiento sexual a los 16 años
- se suprime la falta de hurto y se introduce un supuesto agravado aplicable a la delincuencia habitual
- supuestos de menor gravedad que eran faltas, se regulan como delitos leves
Modificación del Registro Civil, con dos novedades importantes:
- la dirección de hospitales, clínicas y establecimientos sanitarios comunicará a la Oficina del Registro Civil 
competente y al Instituto Nacional de Estadística cada uno de los fallecimientos que hayan tenido lugar en su centro sanitario
- la dirección de hospitales o centros sanitarios comunicará en un plazo de 72 horas a la Oficina del Registro Civil que corresponda cada uno de los nacimientos que hayan tenido lugar en el centro sanitario, excepto 
aquellos casos que exijan personarse ante el Encargado del Registro Civil. El personal sanitario que asista al nacimiento deberá adoptar las cautelas necesarias para asegurar la identificación del recién nacido y las 
comprobaciones necesarias de la relación de filiación materna.

He detallado todos los puntos destacables de las  modificaciones que ha habido en tres leyes importantes. 
Con todo lo expuesto ya puedes conocer en qué pueden afectar a nuestra sociedad y a su vida en particular.


En este post, se han expuesto los puntos más característicos de los cambios que ha habido en las leyes
nombradas, dependiendo de tus convicciones sociales y políticas tendrás una opinión u otra de los citados 
cambios, todos igualmente respetables.

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