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Mostrando entradas de abril, 2015

Propuesta de reforma para los emprendedores

La semana pasada el gobierno lanzó un alternativa a la capitalización del paro, que como está explicado en otro post, hace referencia a cobrar el paro en un pago único para emprender una actividad profesional, pues la reforma propuesta corresponde a los siguientes puntos: 1.- Se va a ofrecer la posibilidad de compatibilizar el cobro del paro con el inicio de una actividad como autónomo durante un máximo de 9 meses.Además la futura ley permitirá la reanudación del cobro del paro hasta 5 años después de haber iniciado una actividad por cuenta propia. 2.- Posibilidad de capitalizar en un pago único el 100% del paro, con independencia de la edad del autónomo. Hasta ahora el límite máximo era el 60% y el 100% para hombres menores de 30 años y mujeres menores de 35. 3.- El autónomo no pierde la tarifa plana de 50€ cuando contrate a un trabajador. Con la ley actual se podría optar a la tarifa plana siempre y cuando el autónomo no tuviera trabajadores a su cargo, con la modificación se p...

Recuperar la posesión de un bien material cedido en uso

Si has cedido un bien material a otra persona, durante el tiempo que hayáis establecido, la otra persona será la propietaria. Si finaliza el periodo y no puedes recuperar el bien, podrás acudir a los tribunales. En el caso de que seas una Pymes tendrás todavía que pagar una tasa judicial. Ésta dependerá del valor del bien, si ponemos una cuantía indeterminada, se presupone que es 18.000€ ( para el cálculo del bien ). En el caso de que seas autónomo o persona física, no tendrás que abonar ninguna tasa judicial. Hay q tener en cuenta que si el valor del bien no supera los 2.000€ no será necesario la asistencia de abogado ni procurador, pero sí, si es superior a dicha cantidad.  Como nota informativa: la tasa judicial de un procedimiento verbal, si el valor del bien es inferior a 3.000€,  es de 150€ como cuantía fija, después hay una parte variable que dependerá del valor del bien. En el caso de que el valor sea superior a 3.000€ se tendrá que acudir a un juicio ordinario cuya ta...