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Mostrando entradas de julio, 2016

Cómo proceder ante la violencia de género

Si conocemos que alguien está sufriendo agresiones tenemos la obligación de denunciar los hechos lo antes posible. Se puede denunciar a través de: - llamada teléfono 062, - comunicación verbal ante los agentes que se encuentran de servicio, - declaración formal, presentándose en las dependencias policiales. Siempre se puede acceder al asesoramiento y apoyo en los teléfonos 112 ó 016. Tenemos que tener en cuenta que lo importante es denunciar cuánto antes, y es recomendable aportar todos los medios de prueba que tengamos como pueden ser partes médicos, psicológicos, testigos, ropa... Si se necesita más información al respecto, se puede acceder a la página web de la guardia civil que a continuación se detalla: http://www.guardiacivil.es/es/servicios/violenciadegeneroyabusoamenores/violenciagenero/index.html. Tenemos que tener en cuenta que ayudar es gratuito y podemos salvar una vida.

¿Si soy trabajador de una empresa en concurso de acreedores, cuando cobraré la deuda que tiene la empresa conmigo?

Si tu empresa ha entrado en concurso y te ha dejado a deber salarios, son los administradores concursales, los que califican los créditos/deudas de la empresa con los trabajadores, proveedores y acreedores. Una vez clasificados los créditos, empiezan a realizar los pagos dependiendo de la liquidez de la empresa. La clasificación sería la siguiente:

¿Qué ocurre si estoy de excedencia y la empresa declara concurso de acreedores?

En la actualidad se declaran menos concursos de acreedores que al inicio de la crisis, pero incluso así se declaran. En ese momento, si como trabajador te encuentras en excedencia, tu contrato está suspendido durante ese tiempo y como consecuencia no se tiene derecho a ninguna indemnización ya que la excedencia solamente otorga un derecho preferencial al reingreso en la empresa, según el artículo 46.5 del Estatuto de los Trabajadores.