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Mostrando entradas de junio, 2017

¿Nos puede la empresa solicitar que nos reincorporemos durante nuestrasvacaciones?

Se entiende que cuando una empresa solicita que reincorporemos al trabajo durante nuestras vacaciones, es por motivos excepcionalmente graves, pero la empresa tiene que saber que el trabajador no tiene la obligación legal de reincorporarse a su puesto de trabajo. Pero como en todos los casos, el trabajador tiene que tener en cuenta que puede ser necesitado para proteger a la empresa de daños graves. Tal y como hemos indicado en ellos anteriores post lo importante es la comunicación empresa-trabajador, para poderse ayudar a ambas partes. A que es importe el refrán, hoy por ti , mañana por mí. Para tener una buena relación empresa-trabajador es necesario una buena comunicación No y de esta forma será beneficioso para ambas partes y no hará falta acudir en ningÚn momento a los tribunales.

¿Nos pueden cambiar las vacaciones?

La respuesta a esta preguntas es no. Para que el empresario nos haga un cambio en las vacaciones aprobadas, tienen que haber causas excepcionales graves que el empresario tendrá que demostrar. De igual modo, el trabajador puede tambiién solicitar una modificación del período vacacional pero siempre que no perjudique a la empresa. En ambos casos la mejor solución es llegar a un consenso empleado-empresa.

¿Qué ocurre si no hay acuerdo entre empleado-empresa sobre el períodovacacional?

En todo momento se tiene que llegar a un acuerdo entre ambas partes, en el caso de que el desacuerdo persista, los empleados pueden plantear una demanda que puede ser colectiva o individual, según la Ley 36/2011 en sus artículos 125 y 126. El trabajador podrá presentar la demanda en un plazo de 20 días desde el conocimiento de la fecha,  en el Juzgado de lo Social. Si no hubiera fecha de vacaciones, la demanda tendrá que presentarse con 2 meses de antelación Desde la fecha en que el trabajador quiera empezar las vacaciones. El procedimiento será urgente y de tramitación preferente, siendo la vista en un plazo de 5 días después de la admisión de la demanda. La sentencia saldrá a los 3 días y no habrá recurso posible.

Cuando se tienen que fijar las vacaciones

Está llegando el período de vacaciones estivales y durante este mes de junio hablaremos de nuestros derechos y obligaciones para con la empresa con referencia a las vacaciones. Las vacaciones se tienen que fijar como mínimo con 2 meses de antelación aunque también dependerá de que el convenio no fije otro plazo diferente. El calendario laboral donde se reflejen las vacaciones, según indica el artículo 34.6 del estatuto de los trabajadores tendrá que estar en un sitio visible de cada centro de trabajo.