Una duda que me surgió después de un post que escribí sobre el derecho a la asistencia sanitaria, quiero resolverlo en este post que escribo. Mi duda fue, ¿un estudiante que no ha cotizado y es mayor de 26 años tiene derecho a ser beneficiario de la tarjeta sanitaria de sus padres?
En un principio, por el Real Decreto-Ley 16/2012, el estudiante tenía que demostrar que no tenía ingresos para poder seguir siendo beneficiario de la tarjeta sanitaria de uno de sus progenitores. Esto fue un revuelo y el gobierno procedió a su modificación.
A partir de la modificación, hay dos procedimientos para reconocer tu derecho a la asistencia sanitaria gratuita:
1.- de oficio o de forma automática: El INSS reconoce en algunos casos la asistencia médica de forma automática como son:
- a los mayores de 26 años que tuvieran tarjeta individual como beneficiarios sin que sus ingresos superen los 100.000€
- a los que ya fueron beneficiarios de estos asegurados con anterioridad
2.- a instancia del interesado: En el que tendrán que dirigirse a la Diputación Provincial del INSS y presentar la siguiente documentación:
- DNI
- certificada de empadronamiento
- justificación de no tener ingresos. En el caso de ser extranjero dicho documento tendrá que ser expedido por la Administración del Estado de la última residencia
- para ser beneficiario: entre otros documentos se tendrá que aportar el libro de familia, el certificado de discapacidad....
En caso de duda la web del Ministerio de Empleo y Seguridad Social pone a su disposición una hoja donde puedes saber si tienes derecho a la asistencia sanitaria.
Por tanto, los españoles con más de 26 años que no hayan cotizado podrán seguir teniendo el derecho a la asistencia sanitaria como beneficiarios de sus progenitores.
En un principio, por el Real Decreto-Ley 16/2012, el estudiante tenía que demostrar que no tenía ingresos para poder seguir siendo beneficiario de la tarjeta sanitaria de uno de sus progenitores. Esto fue un revuelo y el gobierno procedió a su modificación.
A partir de la modificación, hay dos procedimientos para reconocer tu derecho a la asistencia sanitaria gratuita:
1.- de oficio o de forma automática: El INSS reconoce en algunos casos la asistencia médica de forma automática como son:
- a los mayores de 26 años que tuvieran tarjeta individual como beneficiarios sin que sus ingresos superen los 100.000€
- a los que ya fueron beneficiarios de estos asegurados con anterioridad
2.- a instancia del interesado: En el que tendrán que dirigirse a la Diputación Provincial del INSS y presentar la siguiente documentación:
- DNI
- certificada de empadronamiento
- justificación de no tener ingresos. En el caso de ser extranjero dicho documento tendrá que ser expedido por la Administración del Estado de la última residencia
- para ser beneficiario: entre otros documentos se tendrá que aportar el libro de familia, el certificado de discapacidad....
En caso de duda la web del Ministerio de Empleo y Seguridad Social pone a su disposición una hoja donde puedes saber si tienes derecho a la asistencia sanitaria.
Por tanto, los españoles con más de 26 años que no hayan cotizado podrán seguir teniendo el derecho a la asistencia sanitaria como beneficiarios de sus progenitores.
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