En este post os adjunto un formulario para que podáis interponer una demanda monitoria.
Os preguntareis, ¿qué es una demanda monitoria? Si eres un autónomo o pymes te interesará este post, voy a poner un ejemplo:
Un carpintero le realiza unos trabajos a una familia en su casa. Una vez finalizados los trabajos el carpintero pasa la factura a sus clientes, en ese momento, sus clientes le informan que la semana próxima le harán el pago, pero llega el día y empiezan las evasivas para pagar.
Cuando un autónomo o una pyme se encuentra en una situación de impago como la que he descrito, puede hacer tres cosas, dejarlo pasar porque está cansado de reclamar, contratar a un abogado o interponer él mismo una demanda monitoria.
Si escoges esta última opción tendrás que saber los siguientes puntos:
1.- que la deuda tiene que ser exigible, vencida y determinada.
2.- que tienes que aportar pruebas que acrediten la deuda (facturas, albaranes, presupuesto firmado por el cliente...)
3.- que hay que tener en cuenta que cuando interpones un monitorio pueden ocurrir tres situaciones:
3.1.- que no pague y haga caso omiso a la demanda : en este caso tendrás que ejecutar la sentencia y esto hoy lleva unas tasas judiciales.En caso de que la ejecución sea forzosa y supere los 2.000€ , será el abogado y el procurador quién la tendrán que realizar.
3.2.- que pague : en este caso, se cierra el expediente
3.3.- que se oponga : es decir, que responda a tu demanda, en este supuesto este procedimiento se convierte en una procedimiento verbal u ordinario, dependiendo de la cuantía de la deuda. Tienes que tener en cuenta que si la demanda inicial supera los 2.000€, en el caso de oposición, sí que tendrás que acudir asistido por abogado y procurador.
Realmente hay que saber que el éxito de este tipo de demandas es hacerle ver al deudor que vas a cobrar por los trabajos que has realizado.
Con la demanda en la mano puedes iniciar negociaciones que terminen con esta situación y no te hagan desembolsar ninguna cantidad a un abogado, aunque tengas que hacerle un 10% de rebaja al deudor, siempre se ha dicho que es mejor un mal acuerdo que un buen juicio.
Si las negociaciones no llevan a buen puerto te aconsejo que acudas a un abogado ya que hay personas que se dedican a dejar deudas porque saben que no les va a pasar nada por la pereza, papeleo y gasto que supone hoy en día acudir a los tribunales.
A continuación, te adjunto el modelo:
MODELO DE DEMANDA DE JUICIO
MONITORIO
A LA OFICINA DEL
DECANATO (domicilio del demandado)
D----------- (identificación del
demandante), actuando en nombre y representación propios, ante el juzgado
comparezco y como mejor proceda en Derecho, DIGO
Que por medio del presente
escrito formulo Demanda de Juicio Monitorio, al amparo de lo establecido en el
artículo 812 y siguientes de la LEC, contra (identificación del demandado) en
reclamación de la cuantía de --------- €, ante el Juzgado comparezco y como
mejor proceda en Derecho, DIGO:
HECHOS
Primero.-
Segundo.-
Tercero.-
(Exposición de los hechos de
forma clara y detallada. Precisar también los documentos que se aporten para
fundamentar los hechos descritos)
A los anteriores hechos resultan
de aplicación los siguientes:
FUNDAMENTOS DE DERECHO
I.- JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA
A.- JURISDICCIÓN: El conocimiento
de la presente demanda corresponde a los Juzgado y Tribunales españoles del
orden civil según el artículo 36 de la
LEC.
B.- COMPETENCIA: Según el
artículo 813 de la LEC ,
será exclusivamente competente para el proceso monitorio el Juzgado de Primera
Instancia del domicilio o residencia del deudor o, si no fueren conocidos, el
del lugar en que el deudor pudiera ser hallado a efectos del requerimiento de
pago por el Tribunal, salvo que se trate de la reclamación de deuda a que se
refiere el nº2 del apartado 2 del artículo 812, en cuyo caso será también
competente el Juzgado del lugar en donde se halle la finca, a elección del
solicitante.
En todo caso, no serán de
aplicación las normas sobre sumisión expresa o tácita contenidas en la Sección Segunda del Capítulo
segundo del Título segundo del Libro primero.
II.- PROCEDIMIENTO
Según el artículo 812 LEC es
procedente el procedimiento monitorio en el caso de la presente demanda.
III.- LEGITIMACIÓN
Las partes del presente
procedimiento monitorio tienen legitimación para ser parte actora y parte
demandada respectivamente.
IV.- POSTULACIÓN Y REPRESENTACIÓN
Para la presentación de la
petición inicial del procedimiento monitorio no será preciso valerse de
procurador y abogado según el artículo 814 LEC.
Por todo lo expuesto;
SUPLICO AL JUZGADO: Que habiendo presentado este escrito junto con sus
documentos y copias que se acompañan, se admita la demanda de juicio monitorio
y se dicte sentencia en contra de ------------- (nombre del demandado) y se
proceda al pago de la cantidad de ------------- € reclamada en la misma, más
los intereses legales establecidos, con todo lo demás que proceda en Derecho.
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