El pasado 29 de mayo el Juzado de Instrucción n1 de Valencia ha prohibido a Orange a llamar a un ex cliente, considerando que la compañía esta acosando telefónicamente a dicho cliente.
La compañía le reclama de forma existente una deuda que realmente no existe y que queda demostrado ante la reclamación que interpone el demandante ante el MInisterio de Industria. Pero inclusión teniendo la razón la parte demandada continúa con las llamadas e incluso lo introducen en un fichero de morosidad.
El tribunal investigará si realmente las llamadas de forma reiterada se consideran acoso telefónico.
Esperamos que se consideren, dichas llamadas, como acosos y que se genere jurisprudencia, ya que son prácticas habituales en este tipo de empresas.
Estaremos atentos a la Sentencia que dicte el Tribunal.
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