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El paro de los autónomos

En algunas ocasiones los autónomos cae en el error, pensando que solo con pagar las primas que nos indican la Seguridad Social ya se tiene cubierto el paro en el caso de que cese la actividad, pero no es así.

¿qué requisitos son necesarios para que los autónomos cobren el paro?

1ª Se debe de estar dado de alta en la Seguridad Social y estar al corriente de los pagos. Sólo con estar dado de alta cotizamos y tenemos cubierta la incapacidad temporal por contingencias comunes. Para poder acceder al cobro de la prestación por desempleo se tiene que cotizar y tener cubierta la protección por Accidentes de trabajo y Enfermedades profesionales, que hoy en día es voluntaria.

2ª Se tiene que haber cotizado un mínimo de 12 meses por el cese de actividad.

3ª No haber alcanzado la edad de jubilación.

4ª Cese de la actividad sea involuntario.

En este momento, nos preguntamos ¿cuánto tendremos que pagar de más para que si ceso la actividad, tenga derecho a desempleo?

El porcentaje a aplicar para tener cubierta la protección por Accidente de trabajo y Enfermedades profesionales, dependerá de la actividad y por ello es conveniente hacer números, mirando la tabla de “tarifas de primas” que se pueden encontrar en la página web de la Seguridad Social: www.seg-social.es>public>normativa.


De todas formas, recordar que siempre podéis acudir a vuestra oficina más cercana de la Seguridad Social para que os calculen el importe exacto a pagar en el caso de que se quiera cubrir la protección por Accidentes de trabajo y Enfermedades Profesionales.

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