En este post vamos a conocer nuestro derecho de desistimiento, con independencia de que hayas firmado um contrato o hayas recibido el producto.
Desistir es dejar sin efecto el contrato celebrado, comunicándolo a la otra parte en el plazo establecido y sin necesidad de justificar nuestra decisión y sin penalización. En el caso de que en el contrato aparezca una cláusula en la cual no nos deje desistir o haya penalización al ejercer este derecho, tienes que saber que dicha cláusula es nula.
No hay ninguna forma fijada para ejercer nuestro derecho de desistir, se tiene que hacer con cualquier forma admitida en derecho (por ejemplo burofax..). El desistimiento se considerará realizado cuando se envíe el documento que lo acredite o cuando devolvamos los productos recibidos.
El consumidor tiene 14 días naturales para ejercer este derecho. Este plazo empieza a contar o bien desde la recepción del producto, prestación de servicio o en la firma del contrato.
El empresario en todo momento tiene que especificar claramente en el contrato la forma de desistimiento que tiene el usuario y su plazo, en el caso de que no cumpla con este requisito el consumidor podrá ejercer el derecho de desistimiento en un plazo de 12 meses después de la fecha de expiración del derecho de desistimiento.
En todo momento tienes que saber que como consumidor, tienes que ser tú, quién tenga que demostrar al empresario que has ejercido tu derecho de desistimiento.
Cuando se ejerce el derecho a desistimiento el consumidor no tiene porque acarrear ningún gasto pero en el caso de que no pueda devolver el producto por pérdida o por destrucción, el empresario le puede exigir el precio de mercado de dicho bien y por tanto, no podrá ejercer el derecho de desistimiento.
Además tampoco se puede ejercer el derecho de desistimiento:
- cuando el producto haya sido creado para ti, con tus indicaciones.
- tampoco cuando se hayan abierto películas, vídeos o discos o programas informáticos..
Por tanto, se tiene que tener en cuenta que aunque se firme un contrato siempre se puede reflexionar en casa si de verdad se quiere o se necesita, en caso de que se cambie de opinión se puede ejercer el derecho a desistir del contrato sin ninguna penalización, aunque se tiene que hacer de forma fehaciente y siempre en el plazo establecido, pero ojo en el caso de las telecomunicaciones, si cuando se firma el contrato aparece un instalador en casa, se podrá desistir del contrato pero se tendrá que abonar el trabajo del técnico que ha enviado la compañía, la cual indicará que si no hay desistimiento, ese coste lo asumen ellos, por tanto en este caso mi consejo es meditar antes de firmar para luego no tener que asumir un coste innecesario.
Desistir es dejar sin efecto el contrato celebrado, comunicándolo a la otra parte en el plazo establecido y sin necesidad de justificar nuestra decisión y sin penalización. En el caso de que en el contrato aparezca una cláusula en la cual no nos deje desistir o haya penalización al ejercer este derecho, tienes que saber que dicha cláusula es nula.
No hay ninguna forma fijada para ejercer nuestro derecho de desistir, se tiene que hacer con cualquier forma admitida en derecho (por ejemplo burofax..). El desistimiento se considerará realizado cuando se envíe el documento que lo acredite o cuando devolvamos los productos recibidos.
El consumidor tiene 14 días naturales para ejercer este derecho. Este plazo empieza a contar o bien desde la recepción del producto, prestación de servicio o en la firma del contrato.
El empresario en todo momento tiene que especificar claramente en el contrato la forma de desistimiento que tiene el usuario y su plazo, en el caso de que no cumpla con este requisito el consumidor podrá ejercer el derecho de desistimiento en un plazo de 12 meses después de la fecha de expiración del derecho de desistimiento.
En todo momento tienes que saber que como consumidor, tienes que ser tú, quién tenga que demostrar al empresario que has ejercido tu derecho de desistimiento.
Cuando se ejerce el derecho a desistimiento el consumidor no tiene porque acarrear ningún gasto pero en el caso de que no pueda devolver el producto por pérdida o por destrucción, el empresario le puede exigir el precio de mercado de dicho bien y por tanto, no podrá ejercer el derecho de desistimiento.
Además tampoco se puede ejercer el derecho de desistimiento:
- cuando el producto haya sido creado para ti, con tus indicaciones.
- tampoco cuando se hayan abierto películas, vídeos o discos o programas informáticos..
Por tanto, se tiene que tener en cuenta que aunque se firme un contrato siempre se puede reflexionar en casa si de verdad se quiere o se necesita, en caso de que se cambie de opinión se puede ejercer el derecho a desistir del contrato sin ninguna penalización, aunque se tiene que hacer de forma fehaciente y siempre en el plazo establecido, pero ojo en el caso de las telecomunicaciones, si cuando se firma el contrato aparece un instalador en casa, se podrá desistir del contrato pero se tendrá que abonar el trabajo del técnico que ha enviado la compañía, la cual indicará que si no hay desistimiento, ese coste lo asumen ellos, por tanto en este caso mi consejo es meditar antes de firmar para luego no tener que asumir un coste innecesario.
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