La pregunta que hacemos en este post es ¿puedes ser despedido un representante de un comité de empresa?
La respuesta es sí, pero el representante tiene ciertos privilegios:
- Apertura del expediente contradictorio, donde los miembros del comité podrán ser oídos.
- En el casos de que el expediente contradictorio finalice y se llegue a la conclusión de que el despido es improcedente, será el trabajador quien decida si quiere indemnización o la reincorporación y no la empresa, como pasa en el caso del despido improcedente de un trabajador cualquiera.
- Prioridad de permanencia en caso de despido por causas económicas.
- No ser despedido ni sancionado durante el ejercicio de sus funciones y 1 año antes de que expire el mandato según el art 54.
Si quieres conocer las garantías de los miembros del Comité de Empresa las puedes encontrar en el artículo 68 del Estatuto de los trabajadores.
También hay jurisprudencia sobre el despido disciplinario de un trabajador del Comité en la Sentencia 3567/2008 del 6 de octubre del TSJ de Galicia.
La respuesta es sí, pero el representante tiene ciertos privilegios:
- Apertura del expediente contradictorio, donde los miembros del comité podrán ser oídos.
- En el casos de que el expediente contradictorio finalice y se llegue a la conclusión de que el despido es improcedente, será el trabajador quien decida si quiere indemnización o la reincorporación y no la empresa, como pasa en el caso del despido improcedente de un trabajador cualquiera.
- Prioridad de permanencia en caso de despido por causas económicas.
- No ser despedido ni sancionado durante el ejercicio de sus funciones y 1 año antes de que expire el mandato según el art 54.
Si quieres conocer las garantías de los miembros del Comité de Empresa las puedes encontrar en el artículo 68 del Estatuto de los trabajadores.
También hay jurisprudencia sobre el despido disciplinario de un trabajador del Comité en la Sentencia 3567/2008 del 6 de octubre del TSJ de Galicia.
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