La Doctrina del Tribunal Supremo ha unificado la doctrina con su sentencia de Casación STS 2615/14 en la cual los gastos de desplazamientos se basarán en dos principios fundamentales:
- El interés del menor.
- El reparto equitativo de las cargas.
El sistema normal que se propone es que cada padre/madre recogerá al menor de su domicilio y así poder realizar la visita y el padre/madre que tiene la custodia lo devolverá a su domicilio, repartiendo de esta forma las cargas.
Pero si el sistema normal no puede llevarse a cabo porque vulnera alguno de los principios indicados, las partes o el juez podrán atribuir la recogida y el retorno a uno de los progenitores con la correspondiente compensación económica. Esta decisión tendrá que estar motivada judicialmente. A este sistema se le denominará subsidiario.
- El interés del menor.
- El reparto equitativo de las cargas.
El sistema normal que se propone es que cada padre/madre recogerá al menor de su domicilio y así poder realizar la visita y el padre/madre que tiene la custodia lo devolverá a su domicilio, repartiendo de esta forma las cargas.
Pero si el sistema normal no puede llevarse a cabo porque vulnera alguno de los principios indicados, las partes o el juez podrán atribuir la recogida y el retorno a uno de los progenitores con la correspondiente compensación económica. Esta decisión tendrá que estar motivada judicialmente. A este sistema se le denominará subsidiario.
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